Ambiente incorpora formalmente la gestión de los registros de empresas de desinfección y laboratorios al Área Control Agua y Aire

El Ministerio de Energía y Ambiente formalizó la incorporación de estas funciones al Área Control Agua y Aire de la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental. La medida reconoce tareas que ya desarrollaban los equipos técnicos y establece expresamente sus responsabilidades en los procedimientos de inscripción, renovación, inspección y actualización de ambos registros.

La Subsecretaría de Ambiente del Ministerio de Energía y Ambiente incorporó formalmente a las funciones del Área Control Agua y Aire la gestión del Registro de Empresas de Desinfección y del Registro de Laboratorios, con el objetivo de consolidar la organización de las tareas técnicas y administrativas que ya se desarrollan en esa dependencia.

La resolución, firmada por subsecretaria de Ambiente, Nuria Ojeda, incorpora expresamente la gestión de los registros de empresas de desinfección y laboratorios.

“Estas tareas ya eran realizadas por personal técnico del área, aunque no se encontraban contempladas de manera específica en la normativa que establecía su organización”, explicó Ojeda.

Gestión de registros, inspecciones y seguimiento técnico

La actualización establece que el Área Control Agua y Aire intervendrá en la recepción y el análisis de las solicitudes de inscripción, renovación, modificación y baja de las empresas de desinfección y los laboratorios comprendidos en sus respectivos registros.

También tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos y documentales exigidos por la normativa vigente, la realización de inspecciones y constataciones, la elaboración de los informes técnicos correspondientes y el mantenimiento y la actualización de ambos registros.

Estas funciones se ejercerán independientemente de que las actividades de las empresas y laboratorios estén comprendidas o no en la Coordinación de Industrias Extractivas, lo que permite mantener su gestión dentro de una misma área técnica.

La incorporación formal de estas responsabilidades permite adecuar la distribución de funciones a la organización efectiva del trabajo, establecer con claridad las tareas asignadas y evitar superposiciones entre las distintas dependencias.

La medida no modifica los requisitos ni los procedimientos vigentes para la inscripción, renovación o baja de los registros, ni altera las competencias de otros organismos o las facultades de resolución de las autoridades correspondientes.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *